Damián A. González es doctor en Historia Contemporánea y profesor ayudante en la Universidad de Castilla - La Mancha (España). Ha investigado, principalmente, sobre cuestiones relacionadas con la implantación de la dictadura franquista en el ámbito local, y acaba de publicar Los hombres de la dictadura (Biblioteca Añil), sobre su personal político intermedio.
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How to cite this article: González, Damián A. "Violencia política y dictadura franquista". Dissidences. Hispanic Journal of Theory and Criticism. On line. Internet: 04/29/07 (http://www.dissidences/ ViolenciaFranquista3. html)
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5. Conclusiones
De todo lo anterior se deduce con claridad que partiendo de un concepto amplio de la
represión, la dictadura franquista violentó a los españoles de muchas formas y de manera
sostenida desde el primer hasta el último instante de su vigencia. La historiografía española
hace tiempo que superó la fiebre cuantificadora (absolutamente necesaria por otra parte) y
ha sabido dirigir su atención hacia aspectos más cualitativos que trascienden la mera
represión física de posguerra. No obstante la asociación entre violencia franquista e
inmediata posguerra continúa excesivamente asentada en el imaginario colectivo e incluso
predomina en las declaraciones políticas de condena a la dictadura [51]. Eso es algo que
debe cambiar. Los años cuarenta significaron la manifestación extrema de los principios
sobre los que se asentó la política represiva del franquismo a lo largo de toda su historia (Gil
Vico 125), pero la violencia no acabó ahí, fue una constante en la dictadura a lo largo de sus
cuarenta años, con otras variables y ritmos pero con la misma intensidad. El objetivo fue
siempre el mismo, desactivar la disidencia, encarecer sus costes y aterrorizar a la población.
Las elites que pilotaron la, cada vez más cuestionada, modélica y civilizada transición
democrática española decidieron, en pos de conjurar una posible involución, olvidar las
“múltiples y graves violaciones de los Derechos Humanos cometidas en España por el
régimen franquista desde 1939 a 1975” (declaración del Parlamento Europeo). Puede que
fuese la fórmula más eficaz para superar el trance, pero nadie puede hoy sorprenderse de
que la sociedad española del siglo XXI contemple con asombro la impunidad con que fueron
recompensados los verdugos, y la escasísima atención regalada a las víctimas, a todas las
víctimas, después de casi treinta años de democracia.
La española fue una transición a la libertad tejida en base a un ejercicio colectivo de olvidos
selectos, como si amnistía y amnesia tuviesen parecidos significados, y triunfó, hasta finales
de la década de los noventa, la que Aróstegui ha denominado como memoria de la
reconciliación (“Traumas colectivos y memorias generacionales” 79). para la superación
del trauma colectivo, por la cual y en cierta manera, todos los españoles asumían su
pequeña parte de culpa en relación con la guerra. Paradójicamente y bajo gobiernos
socialistas triunfaba un uso público del pasado que la dictadura, en sus últimos años, había
tratado de inocular entre la ciudadanía. Pero como toda memoria está sujeta a los vaivenes
de la temporalidad y el paso de las generaciones, la de la reconciliación se ha visto superada
por la de la reparación y el nacimiento de una “cultura de la derrota y una identidad
homogeneizadora basada en la superioridad moral del vencido”, en palabras de Manuel
Ortiz (“Memoria social de la guerra civil”). Como todas, y a diferencia de la historia, se trata
de una memoria selectiva y mitificadora, preñada de frustración por tan dilatado silencio, y
que se alimenta de décadas de investigación histórica con mucha menos repercusión social
y mediática.
Muy probablemente, y como ha señalado Erice, de la memoria no es posible esperar ni
justicia, ni reconciliación con el pasado, máxime si éste es conflictivo y violento, sino tan sólo
combates por la memoria (Erice 26). Pero la Historia sí que puede y debe permitirnos
compartir una memoria social crítica sobre nuestro pasado, acorde con sus resultados
contrastados, y que nos permita ponerla al servicio del presente y no al revés.
Notas
[1] El gran problema reside en definir qué es violencia y qué no lo es, para ello resultan
especialmente útiles las aproximaciones críticas elaboradas por Aróstegui, Julio. “Violencia,
sociedad y política: la definición de la violencia”. Ayer, 13 (1994): 17-55 y González Calleja,
Eduardo. “Qué es y qué no es la violencia en política. Consideraciones teóricas en torno al
conflicto social violento”. Barrull Pelegrí, Jaume. Ed. Violencia política i ruptura social a
Espanya, 1926-1945. Espai/Temps Quaderns del Departament de Geografía i Historia. Lleida:
Universitat de Lleida: 29-66.
[2] La violencia franquista, me permito recordar, no se desencadena ni como un acto de
justicia frente a los desmanes republicanos, ni como consecuencia de la coyuntura bélica y
sus circunstancias excepcionales, sino que responde únicamente a un proyecto previo de
exterminio del adversario político. Una de las mejores pruebas que se han aportado al
respecto, es la actuación de los sublevados en aquellas zonas donde triunfó el movimiento
subversivo, donde no hubo resistencia, donde no hubo violencia republicana, y antes de que
hubiese frentes, batallas y retaguardias. Allí sólo hubo muertos de un lado, y se contaron por
miles antes de que comenzase septiembre; un ejemplo reciente en Gil Andrés, Carlos. Lejos
del frente. La guerra civil en La Rioja Alta. Barcelona: Crítica, 2006: 436-437.
[3] Véase también Matilde Eiroa San Francisco: “Represión, restricción, manipulación:
estrategias para la ordenación de la sociedad y del Estado”. Hispania Nova. Revista de
Historia Contemporánea, 6 (2006), http://hispanianova.rediris.es.
[4] Así lo ha puesto de manifiesto Carme Molinero en su trabajo La captación de las masas.
Política social y propaganda en el régimen franquista. Barcelona: Cátedra, 2005.
[5] Véase al respecto el trabajo de Francisco Espinosa Maestre: “Julio de 1936. Golpe militar
y plan de exterminio” en Julián Casanova, et. al. Morir, matar, sobrevivir. La violencia en la
dictadura de Franco. Barcelona: Crítica, 2002: 51-119. Los consejos de guerra por delitos
anteriores al primero de abril de 1939 fueron posibles hasta la misma fecha de 1969, su
última víctima fue el comunista Julián Grimau en 1963.
[6] Véase Ángela Cenarro Lagunas: “Muerte y subordinación en la España franquista: el
imperio de la violencia como base del Nuevo Estado” en Historia Social, 30 (1998): 5-22.
[7] Según cifras proporcionadas, supuestamente, por una fuente gubernamental a un
periodista estadounidense, entre 1939 y 1944 un total de 192.684 españoles murieron
fusilados o en la cárcel; véase Michael Richards: Un tiempo de silencio. La guerra civil y la
cultura de la represión en la España de Franco, 1936-1945. Barcelona: Crítica, 1999: 7, 204 y
218.
[8] Véase también Josep Fontana:. “Prólogo” en Molinero, Carme, Sala, Magdarida y
Sobrequés, Jaume. Ed. Una inmensa prisión. Los campos de concentración y las prisiones
durante la guerra civil y el franquismo. Barcelona: Crítica, 2003: 11.
[9] Véase al respecto Francisco Moreno Gómez: “La represión en la posguerra” en Juliá,
Santos, et. al. Víctimas de la guerra civil. Madrid: Temas de Hoy, 1999: 309-315.
[10] Me baso asimismo en Conxita Mir:. “El sino de los vencidos: la represión franquista en
la Cataluña rural de posguerra” en Casanova, Julián, et. al. Morir, matar, sobrevivir. La
violencia en la dictadura de Franco. Barcelona: Crítica, 2002: 174-182 y Ángela
Cenarro Lagunas “Matar, vigilar y delatar: la quiebra de la sociedad civil durante la guerra y
la posguerra en España (1936-1948)” en Historia Social, 44 (2002): 65-86.
[11] Constituida por la Policía Armada (con carácter y organización militar) que actuaba en
núcleos urbanos; el Cuerpo General de Policía, organizado en brigadas, Criminal, Político-
Social y de Información (estas dos últimas pensadas para la represión política) también con
carácter urbano; la Guardia Civil (carácter militar y dependiente de Gobernación y el
Ejército) con funciones en el ámbito rural; FET y de las JONS, especialmente su servicio de
Información e Investigación; las autoridades locales y provinciales.
[12] Entre 1969 y 1974 se produjeron hasta 17 muertos en incidentes relacionados con el
orden público. En 1977 las fuerzas de orden público ametrallarían en Vitoria una
manifestación con el resultado de 5 muertos y 45 heridos.
[13] Figura empleada por Marc Carrillo: “El marc legal de la repressió de la dictadura
franquista en el període 1939-1959” en Riera, Ignasi. Ed. Notícia de la negra nit. Vides y veus
a les presons franquistes (1939-1959). Barcelona: Associaciò Catalana d’Expresos Polítics-
Diputació de Barcelona, 2001: 15-40.
[14] Véase Mónica Lanero: Una milicia de la justicia. La política judicial del primer
franquismo, 1939-1945. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1996.
[15] Para ello puede resultar útil Manuel Ortiz Heras:. “Instrumentos legales del terror
franquista” en Historia del Presente, 3 (2004): 203-220.
[16] Las sanciones previstas se dividían en restrictivas de la actividad (inhabilitación absoluta
o especial para el ejercicio de carreras y profesiones), limitativas de la libertad de residencia,
y económicas (pérdida total o parcial de bienes, y multas); un trabajo pionero en Conxita
Mir, et. al. Repressió econòmica i franquismo: l’actuació del Tribunal de Responsabilitats
Polítiques a la provincia de Lleida. Barcelona: Abadía de Montserrat, 1997.
[17] Sirva como ejemplo de la actitud de algunas de las nuevas autoridades el caso de la
localidad ciudadrealeña de Malagón, allí el jefe local del Movimiento, Octavio Ferrero, se
dedicaba a reclamar íntegramente las cantidades prestadas por su padre antes de la guerra,
algunas de ellas total o parcialmente abonadas, bajo amenaza de cárcel o quedarse con los
bienes hipotecados de superior valor; la denuncia en Archivo General de la Administración,
Presidencia, Secretaría General del Movimiento, Delegación Nacional de Provincias, caja 52,
1 diciembre 1940 (en adelante emplearé las correspondientes abreviaturas).
[18] Para la provincia de Guadalajara denunciaba esta situación, el 28 de mayo de 1940, su
delegado provincial de Auxilio Social, el informe en AGA, PRES, SGM, DNP, caja 24;
idéntica situación documentó el Gobierno Civil de Albacete en la localidad de Caudete en
1939, en AGA, Gobernación, caja 2605; en Cardiel de los Montes (Toledo), una propietaria
de más de tres mil fanegas de tierra se negó, sin otro motivo que considerarlos un hatajo de
rojos, a continuar arrendando unas 400 a los vecinos del pueblo, el informe en AGA, PRES,
SGM, DNP, caja 44bis, febrero 1940.
[19] Véase Carmen González y Encarna Nicolás: “Españoles en los bajos Pirineos: exiliados
republicanos y diplomáticos franquistas ante franceses y alemanes, 1939-1945” en Anales de
Historia Contemporánea. 17 (2001): 639-660 y Pedro Barruso: El frente silencioso. La guerra
civil española en el sudoeste de Francia. Guipúzcoa: Hiria, 2001: 217.
[20] Sobre este particular véase Geneviève Dreyfus-Armand: El exilio de los republicanos
españoles en Francia. De la guerra civil a la muerte de Franco. Barcelona: Crítica, 2000. No
me gustaría dejar de referirme a los más de diez mil españoles, que embaucados por la
promesa del paraíso laboral nazi, se ofrecieron voluntarios para trabajar en Alemania a partir
de 1941. Estos hombres fueron utilizados por la dictadura franquista como mercancía para ir
pagando la enorme deuda de guerra con Hitler, padecieron condiciones laborales penosas,
fueron engañados con los empleos y los alojamientos, y recibieron sueldos mermados para
pagar la citada deuda, véase José Luis Rodríguez Jiménez: Los esclavos españoles de Hitler.
Barcelona: Planeta, 2002.
[21] Véase Mirta Núñez Díaz-Balart: “El dolor como terapia. La médula común de los
campos de concentración nazis y franquistas” en Ayer, 57 (2005): 81-102. Un ejemplo de la
brutalidad y las condiciones infrahumanas de estos campos en José R González Cortés:
“Prisioneros del miedo y control social: el campo de concentración de Castuera” en
Hispania Nova, 6 (2006), http://hispanianova.rediris.es.
[22] Así al menos lo denunciaba el responsable provincial del Auxilio Social de Guadalajara
en un informe localizable en AGA, PRES, SGM, DNP, caja 24, 1940.
[23] El sistema comprendía varias modalidades. Batallones Disciplinarios de Trabajadores
para prisioneros combatientes por la República, excombatientes de la República a los que
Franco llama de nuevo al servicio militar, o hijos de rojo que son llamados a filas y
declarados desafectos; en 1938 trabajaban 87.589 reclusos y en 1942 eran unos 50.000.
Trabajos en Regiones Devastadas, donde en 1943 redimían pena unos 4.000 reclusos.
Colonias Penitenciarias Militarizadas (8 septiembre 1939), expresamente concebidas para
beneficio del Estado y determinadas empresas, su destino eran grandes obras públicas,
especialmente hidráulicas; funcionaron un total de 8 agrupaciones que en 1943 acogían a
4.850 presos. Destacamentos Penales, grupos de presos que se alquilaban a empresas
constructoras, en 1943 trabajaban 11.554 reclusos en 95 destacamentos. Talleres
Penitenciarios (30 abril 1939), trabajo dentro de las prisiones (artes gráficas, carpintería
textil, etc.).
[24] Aunque el régimen no reconocía la existencia de presos políticos, sólo en 1961 las
cárceles españolas albergaban a 15.202 (1.596 mujeres); tomado de Manuel Ballbé: Orden
público y militarismo en la España constitucional, 1812-1983. Madrid: Alianza, 1983: 424.
[25] Sobre esto véanse Fernando Hernández Holgado: Mujeres encarceladas. La prisión
de Ventas: de la República al franquismo, 1931-1941. Madrid: Marcial Pons, 2003 y Ricard
Vinyes: Irredentas. Las presas políticas y sus hijos en las cárceles franquistas. Madrid:
Temas de Hoy, 2002.
[26] Véase Ricard Vinyes, Montse Armengol, y Ricard Belis: Los niños perdidos del
franquismo. Barcelona:Plaza y Janés, 2002.
[27] La depuración del magisterio afectó a uno de cada cuatro maestros, véase Francisco
Morente Valero: La escuela y el estado nuevo: la depuración del magisterio nacional
(1936-1943). Valladolid: Ámbito, 1997 y del mismo autor “La depuración franquista del
magisterio público. Un estado de la cuestión” en Hispania, 208 (2001): 661-688. Sobre la
represión de los trabajadores privados ver Isabel Marín Gómez: “Tiempo de posguerra. La
depuración de los trabajadores de empresas privadas y su revisión ante la Magistratura de
Trabajo de Murcia, 1939-1943” en Segon Congrés Recerques. Enfrontaments civils: postguerres
i reconstruccions. Lleida: Pagès Editors, 2002: 1.007-1.023.
[28] Para estas cuestiones es fundamental Carme Molinero y Pere Ysàs: Productores
disciplinados y minorías subversivas. Clase obrera y conflictividad laboral en la España
franquista. Madrid: Siglo XXI, 1998, el dato de 1974 procede de la página 80.
[29] Véase Francisco Moreno Gómez: La resistencia armada contra Franco. Tragedia del
maquis y la guerrilla. El Centro-Sur de España: de Madrid al Guadalquivir. Barcelona:
Crítica, 2001, y del mismo autor “Huidos, maquis y guerrilla: una década de rebeldía contra
la dictadura” en Ayer, 43 (2001): 111-137, y “Huidos, guerrilleros y resistentes. La oposición
armada a la dictadura” en Julián Casanova, et. al. Morir, matar, sobrevivir. La violencia en la
dictadura de Franco. Barcelona: Crítica, 2002: 197-295, los datos ofrecidos proceden de este
último trabajo.
[30] Véanse, al menos, Carlos Barciela Lópéz, et. al. La España de Franco, 1939-1975:
economía. Madrid: Síntesis, 2001 y Antonio Gómez Mendoza: “El fracaso de la autarquía.
La política económica española y la posguerra mundial, 1945-1959” en Espacio, Tiempo y
Forma. Historia Contemporánea, 10 (1997): 297-313.
[31] Véase María J. Souto Blanco: “Una revuelta de hambre en la Galicia del primer
franquismo. O Saviñao” en Pasado y Memoria. Revista de Historia Contemporánea, 2
(2003): 241-254; sobre el problema político del hambre, Carme Molinero y Pere Ysàs: “El
malestar popular por las condiciones de vida. ¿Un problema político para el régimen
franquista?” en Ayer, 52 (2003): 255-280.
[32] Raciones fijadas por decreto de 28 junio de 1939 para un hombre adulto: 400 gramos de
pan; 250 de patatas; 100 de legumbres; 50 de aceite; 10 de café; 30 de azúcar; 125 de carne;
25 de tocino; 75 de bacalao; 200 de pescado fresco, diariamente. Mujeres y mayores de 60
años perciben el 80% de lo anterior y los menores de 14 años el 60%. La dictadura estuvo
muy lejos de cumplir con estos parámetros básicos y sirva como ejemplo lo que oficialmente
recibió cada ciudadano de Albacete para todo el año de 1942: 5,1 kilos de aceite, 0,43 de
alubias, 3,1 de arroz, 2,7 de azúcar, 0,62 de garbanzos, 0,39 de lentejas, 4,8 de patatas, 1,6 de
boniatos, 0,35 de bacalao, 50,8 de pan, 0,12 de café, 0,26 de chocolate, 0,16 de pasta de sopa,
3,3 de carne y 5,1 de pescado (Memoria del Gobierno Civil de Albacete 1942, en Archivo
Histórico Provincial de Albacete).
[33] Entre los numerosos casos que he podido documentar destacaré el acaecido en
Horcajo de los Montes (Ciudad Real) donde su alcalde fue cesado por el gobernador en 1943
tras comprobarse que comerciaba con los cupos de artículos alimenticios asignados a su
vecindario, no realizaba las declaraciones de cosecha correspondientes a sus fincas y,
finalmente en lo que seguro fue el motivo fundamental de la denuncia y posterior
destitución, se atrevió a reducir su contribución al cupo forzoso aumentando la del resto de
propietarios; el informe en AGA, Gobernación, caja 2539.
[34] Así lo reconocía en sus partes mensuales de mayo, junio y septiembre de 1945 el
gobernador y jefe provincial de FET-JONS de Ciudad Real, en AGA, PRES, SGM, DNP,
caja 166 bis. En Albacete dos inspectores de la Comisaría de Recursos fueron detenidos tras
descubrirse que recibían sobornos de industriales y propietarios al tiempo que comisiones
por el desvío de cereales al circuito ilegal, AGA, PRES, SGM, DNP, caja 83, 10 octubre 1942.
[35] Ver “Informe que de la situación política en la provincia de Ciudad Real, eleva a S. E. el
Ministro Secretario del Movimiento el Jefe provincial”, 6 de junio de 1944, en AGA, PRES,
SGM, DNP, caja 141 y Antonio Cazorla Sánchez: Las políticas de la victoria. La consolidación
del nuevo Estado franquista, 1938-1953. Madrid: Marcial Pons, 2000: 87. Sólo en Albacete
y para el año 1942, las pesquisas de la fiscalía (2.500 expedientes) provocarían el ingreso en
batallones de trabajadores o en la cárcel de 238 personas, 38 de ellas mujeres, ver Diario de
Albacete, 2 de febrero de 1943.
[36] Para todo esto es fundamental también Julián Casanova: La Iglesia de Franco.
Barcelona: Crítica, 2005.
[37] Sobre la represión de los homosexuales véase Arturo Arnalte: Redada de violetas. La
represión de los homosexuales durante el franquismo. Madrid: La Esfera de los Libros,
2003. Hasta 1978 no se eliminó de la lista de delitos perseguidos el de la homosexualidad,
que entonces se regía por la Ley de Peligrosidad Social de 1970. En Badajoz y Huelva se
instalaron cárceles destinadas a su internamiento y reeducación, aunque los condenados por
este hecho (hasta 1954 por escándalo público) solían repartirse por las galerías de invertidos
de las prisiones provinciales.
[38] El 4 de junio de 1942 (véase diario Nueva Alcarria) el gobernador civil de Guadalajara
Juan Casas, ordenaba la inmediata detención e ingreso en la cárcel de todas aquellas
personas que no se comportasen con la debida corrección. Esta medida comprendía a los
blasfemos, maleducados, escandalosos nocturnos, parejas inmorales, violadores del
descanso dominical, etc.
[39] Véase especialmente Gregorio Cámara Villar: Nacional-catolicismo y escuela. La
socialización política del franquismo (1936-1951). Jaén: Hesperia, 1984; también Adela
Alfonso: “La recatolización de los obreros en Málaga, 1937-1966. El nacional-catolicismo de
los obispos Santos Olivera y Herrera Oria” en Historia Social, 35 (1999): 119-134, para
quienes la pobreza era inevitable y necesaria, y sólo podía ser mitigada con la caridad y el
trabajo como únicas soluciones a una injusta distribución de la riqueza; los problemas
sociales únicamente tenían que ver con la falta de moralidad y religiosidad y ante la miseria
sólo existía la vía de la resignación y la aceptación del orden establecido.
[40] Esta idea la he desarrollado en Damián A. González Madrid y Manuel Ortiz Heras:
“Camilo, no te comas a los curas que la carne de cura se indigesta”. La influencia de la
Iglesia en la crisis del franquismo” en Congres. La Transiciò de la dictadura franquista a la
democràcia. Barcelona: CEFID, 2005: 56-68.
[41] Véase Carme Molinero: “Mujer, franquismo, fascismo. La clausura forzada en un
mundo pequeño” en Historia Social, 30 (1998): 97-118 y “Silencio e invisibilidad: la mujer
durante el primer franquismo” en Revista de Occidente, 223 (1999): 63-82.
[42] En el acceso a la propiedad la mujer quedaba subordinada legalmente al marido; una
mujer casada jamás recibiría empleo de una oficina de colocación si su marido percibía unos
ingresos mínimos; a partir de 1942 toda mujer en el momento de su matrimonio era
expulsada de su puesto de trabajo, y si en el futuro deseaba reincorporarse debía contar con
la aprobación marital; la mujer era mayor de edad a los 21 pero no podía abandonar el hogar
familiar hasta los 25 salvo para casarse; los ascensos del personal funcionario femenino
quedaron limitados, en el caso del ayuntamiento de Ciudad Real a oficial de primera (Actas
del Pleno, 29 de julio de 1942), y el de Valladolid llegó a prohibir la obtención de plazas en
propiedad a mujeres casadas, y aquellas que disfrutasen de ese tipo de plazas y contrajesen
matrimonio serían separadas del cargo, ver María J. Dueñas Cepeda: “Cultura y
adoctrinamiento de las mujeres: la Sección Femenina en Castilla y León durante el primer
franquismo, una revisión crítica” en Segon Congrés Recerques. Enfrontaments civils: postguerres
i reconstruccions. Lleida: Pagès Editors, 2002: 772 y Montserrat Duch Plana:
“Celibato laboral” en Ortiz Manuel Heras, Ed. Memoria e historia del franquismo. V
Encuentro de Investigadores del franquismo. Cuenca: UCLM, 2005 (cd-r).
[43] Hasta 1956, momento de su ilegalización total en un contexto internacional
prohibicionista, la prostitución se dividió en legal y clandestina. En 1945 existían en España
unas 2.000 casas de tolerancia censadas, que pagaban impuestos y pasaban revisiones
sanitarias, con unas 20.000 prostitutas. En número de clandestinas era mucho mayor, sólo
en Madrid se estimaba que en 1941 podían existir un total de 20.000, ver Jean Louis Guereña:
“Marginación, prostitución y delincuencia sexual: la represión de la moralidad en la España
franquista (1936-1956)” en Conxita Mir, et. al. Pobreza, marginación, delincuencia y políticas
sociales bajo el franquismo. Lleida: Edicions de la Universitat de Lleida, 2005: 165-194.
[44] Véase Mirta Núñez Díaz-Balart: Mujeres caídas. Prostitutas legales y clandestinas en el
franquismo. Madrid: Oberon, 2003.
[45] Según datos oficiales, el 55% de todas las causas incoadas entre 1939 y 1960 tuvieron su
origen en delitos contra la propiedad. Véanse Carme Agustí: “La delincuencia de baja
intensidad durante el primer franquismo” y Juan F. Gómez Westermeyer: “Delincuencia y
represión en Murcia durante la posguerra” en Manuel Ortiz Heras, Ed. Memoria e historia
del franquismo. V Encuentro de Investigadores del franquismo. Cuenca, UCLM, 2005 (cd-r).
[46] Véase Ángela Cenarro Lagunas: “Beneficencia y asistencia social en la España
franquista: el Auxilio Social y las políticas del régimen” en Conxita Mir, et. al. Pobreza,
marginación, delincuencia y políticas sociales bajo el franquismo. Lleida: Edicions de la
Universitat de Lleida, 2005: 93-137.
[47] Véase Antonieta Jarne: “Niños vergonzantes y pequeños rojos. La población marginal
infantil en la Cataluña interior del primer franquismo” en Hispania Nova. Revista de Historia
Contemporánea, 4 (2004), http://hispanianova.rediris.es.
[48] El control del emisor se garantizaba a través de un registro profesional de periodistas
que permitía a la administración decidir quien podía ejercer la profesión; y el control sobre el
medio se aseguraba a partir de la exigencia de una licencia administrativa para la salida de
nuevas publicaciones, la designación gubernativa de la dirección de los periódicos y la
capacidad sancionadora sobre la empresa editora, ver Elisa Chuliá, El poder y la palabra.
Prensa y poder político en las dictaduras. El régimen de Franco ante la prensa y el
periodismo. Madrid: Biblioteca Nueva, 2001: 42.
[49] Pero al permanecer tipos delictivos como el de insulto a la Fuerza Armada (código de
justicia militar) y los de terrorismo contemplados en el decreto de bandidaje de 1960, un total
de 1.821 personas fueron condenadas entre 1963 y 1968 por tribunales militares, y entre 1974
y 1975, 305 civiles fueron juzgados por injurias al Ejército, resistencia al mismo o supuestos
delitos contra la seguridad del Estado, Manuel Ballbé, Orden público y militarismo en la
España constitucional, 1812-1983. Madrid: Alianza, 1983: 427, 453-454.
[50] Entre 1975 y 1982 el número de personas ingresadas en prisión aumentó en un 169%. En
el periodo 1974-1976 las víctimas por represión fueron 72, que ascendieron a 107 entre 1977 y
1979, sin olvidar que entre 1976 y 1980 murieron 58 personas a manos de grupos
paramilitares de ultraderecha, ver Juan M. Olarieta Alberdi, “Transición y represión
política” en Revista de Estudios Políticos, 70 (1990): 225-262.
[51] Véase el informe y la declaración de condena a la dictadura franquista aprobada por la
Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa el 17 de marzo de 2006.
Obras citadas
Águila, Juan J. El TOP. La represión de la libertad (1963-1977). Barcelona: Planeta, 2001.
Agustí, Carme. “La delincuencia de baja intensidad durante el primer franquismo”. Ortiz
Heras, Manuel. Ed. Memoria e historia del franquismo. V Encuentro de Investigadores del
franquismo. Cuenca, UCLM, 2005 (cd-r).
Alfonsi, Adela. “La recatolización de los obreros en Málaga, 1937-1966. El nacional-
catolicismo de los obispos Santos Olivera y Herrera Oria”. Historia Social, 35 (1999): 119-134.
Arnalte, Arturo. Redada de violetas. La represión de los homosexuales durante el franquismo.
Madrid: La Esfera de los Libros, 2003.
Aróstegui, Julio. “Violencia, sociedad y política: la definición de la violencia”. Ayer, 13 (1994):
17-55.
—. “Traumas colectivos y memorias generacionales: el caso de la guerra civil”. Aróstegui,
Julio y Godicheau, Francois. Ed. Guerra Civil. Mito y memoria. Madrid: Marcial Pons, 2006:
57-94.
Ballbé, Manuel. Orden público y militarismo en la España constitucional, 1812-1983. Madrid:
Alianza, 1983.
Barciela Lópéz, Carlos, et. al. La España de Franco, 1939-1975: economía. Madrid: Síntesis,
2001.
Barruso, Pedro. El frente silencioso. La guerra civil española en el sudoeste de Francia.
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Damián A. González Madrid, Universidad de Castilla-La Mancha
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Violencia política y dictadura franquista
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